El otro día expuse algunas de las muy buenas razones por las que Estados Unidos debería abstenerse de intervenir en Siria. Pues bien, como buen académico genéticamente incapaz de contenerme un “sí, pero”, hoy voy a tratar precisamente de porqué la comunidad internacional sí que debería intervenir en Siria, lo antes posible y con cuanta más gente y tanques mejor. La culpa la tiene un embrión de norma internacional con acrónimo algo tonto: R2P, más conocido como la Responsabilidad de proteger.
La comunidad internacional es, más o menos, como una comunidad de vecinos. Cada uno vive en su casa, preocupado en general sólo por lo que ocurre de puertas para adentro, aunque de vez en cuando la comunidad se reúne para afrontar desafíos comunes, como la dichosa puerta del ascensor que se atasca cada pocos meses. Reconocemos que existen ciertas zonas comunes, como escaleras y descansillos, que hay que mantener limpias mediante un ejercicio permanente de responsabilidad conjunta, y miramos mal a los que no contribuyen al -poco exigente- bien común.
Imaginemos por un momento que una noche nos despiertan gritos procedentes de un piso de nuestra comunidad. Imaginemos también, para que valga la analogía, que no existe una policía a la que llamar. ¿Intervendría algún vecino en lo que está pasando en la casa de otro? Al fin y al cabo cada cual protege su intimidad y privacidad con mucho celo, y lo que pase en cada salón no es asunto ni del vecino de al lado ni de la comunidad en su conjunto.
Pero los gritos se repiten cada día. Y al rato se escuchan golpes contra las paredes, y cristales y muebles que se rompen. ¿Qué podemos hacer los demás vecinos al respecto? Si va uno solo a preguntar probablemente le mandarán que se meta en lo suyo a menos que quiera problemas. Si ese vecino acude a la comunidad tendrá que conseguir que una mayoría significativa se ponga de acuerdo en hacer algo de forma conjunta, e incluso entonces los representantes que acudan a la puerta del piso problemático pueden tener poco estómago para enfrentarse con lo que sea que ocurra dentro.
En esencia, ése es el problema al que se enfrenta la comunidad internacional con casos como el de la guerra civil en Siria. O la que hubo en Libia. O las que han azotado República Democrática del Congo, Costa de Marfil, Darfur, República Centroafricana, etcétera. No existe una policía internacional, y lo más semejante que tenemos a un gobierno es la ONU, a la que le cuesta horrores alcanzar algún tipo de consenso sobre cuestiones peliagudas.
Pero el hecho de que la pregunta “qué podemos hacer” sea bastante deprimente no quita para que siga habiendo otra pregunta más fundamental para la que aún tenemos que encontrar respuesta: “qué deberíamos hacer“.
En los años 90 la comunidad de vecinos se horrorizó bastante con algunos episodios de violencia doméstica trágicamente llamativos: Bosnia y Ruanda, en concreto, avergonzaron a todas las grandes potencias y a la misma ONU. Sobre todo teniendo en cuenta que hacía ya 40 años que imperaba una ley internacional contra el genocidio y bastante derecho escrito y no escrito contra los crímenes de guerra y contra la humanidad.
Con objeto del milenio, y de forma más simbólica que constitucional, activistas y algunos gobiernos simpatizantes empezaron a promover una nueva norma internacional para guiarnos en este tipo de circunstancias excepcionales: la Responsabilidad de Proteger, o R2P en su acrónimo en inglés (Responsibility 2 (to) Protect ). Esta nueva idea, que recibió el espaldarazo político -pero no legal- de la cumbre mundial de la ONU en 2005, tiene tres pilares que revisan de manera fundamental el principio de la soberanía y autonomía de los estados:
- Un estado tiene la responsabilidad de proteger a su población contra el genocidio, los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad y la limpieza étnica.
- La comunidad internacional tiene una responsabilidad de asistir al estado en su cumplimiento de su responsabilidad primaria.
- Si el estado fracasa de manera manifiesta en la protección de sus ciudadanos contra las cuatro atrocidades en masa arriba mencionadas, y si las medidas pacíficas han fracasado, la comunidad internacional tiene la responsabilidad de intervenir con medidas coercitivas tales como sanciones económicas. La intervención militar será considerada el último recurso.
Bajo R2P, no queda la más mínima duda de que la comunidad internacional (da igual si es en formato ONU, OTAN, o EEUU y aliados) tiene la obligación de intervenir en Siria, toda vez que el estado claramente ha cometido crímenes contra la humanidad contra sus propios ciudadanos y posiblemente también crímenes de guerra. La pregunta es a quién le apetece meterse en el inevitable embrollo que resultaría de una intervención: dado que está garantizado que la ONU no conseguirá generar un consenso a favor de intervenir, quien intervenga lo hará por cuenta propia, asumiendo todos los gastos y las inevitables bajas militares.
El problema de R2P es que es demasiado exigente como principio: en un momento dado puede haber más de una decena de países en el mundo que no protegen a todos sus ciudadanos como deben. Y sin embargo no tenemos criterios claros para discriminar los casos más graves de los menos graves.
La tragedia de R2P es que ha puesto de manifiesto que, aunque en teoría nos opongamos a las atrocidades en masa, en la práctica seguimos siendo una comunidad de vecinos dispuesta a tolerar gritos y muebles rompiéndose con tal de no asumir los riesgos que conlleva hacer algo.